El registro de la jornada laboral está regulado, desde el 12 de mayo de 2019, por una nueva legislación. A continuación se detallan cuáles son los aspectos imprescindibles que han de ponerse en práctica para cumplir con la normativa estipulada.
Los tres artículos que se relacionan con el control horario
En esta ley hay tres artículos específicos que hacen referencia a la importancia del control horario y, sobre todo, a cómo ha de llevarse a cabo.
Artículo 12
Indica, claramente, que la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se debe registrar día a día haciendo un cómputo final de las horas trabajadas cuando termine el mes. El trabajador deberá recibir un documento informativo donde se especifique la información anterior dividiendo las horas en las de su jornada laboral habitual y, si las hubiese, en extraordinarias.
Artículo 34
Es de vital importancia, ya que recoge la obligatoriedad de llevar a cabo el control de presencia de forma adecuada por parte de la empresa. El registro de las horas trabajadas debe ser diario. Igualmente, ha de especificarse la hora de entrada y de salida de cada trabajador.
Artículo 35
Todos los empleados, así como los miembros del sindicato respectivo, deben recibir un informe en el que se especifiquen las horas ordinarias y extraordinarias realizadas durante el mes.
A estos tres artículos se les añade que la empresa ha de almacenar la información anterior durante cuatro años y que esta debe ser accesible en caso de inspección. Cada empleado tiene derecho a conocer la duración de su jornada, y a los sindicatos hay que informarles de las horas extraordinarias realizadas para que puedan comprobar si se abonan o no.
Los trabajadores que desarrollan su jornada laboral fuera de la empresa deben contar con un sistema de control de horarios que les permita también registrar el tiempo de su actividad.
En IEST, hemos desarrollado WinPlus Mobile, una APP de Control Horario para realizar fichajes, consultas y solicitudes desde cualquier lugar.
Para llevar a cabo las acciones anteriores, la ley aconseja la instalación de sistemas de control de asistencia, por ejemplo por huella dactilar, reconocimiento facial o por tarjetas de proximidad.
Para que sea más fácil la impresión de los informes y de la documentación necesaria, los sistemas WinPlus son una excelente opción. Además, garantizamos el cumplimiento de la actual Ley de Control Horario.
El objetivo de la ley es conocer la cantidad de horas extras realizadas para su correspondiente abono y especificación en el contrato laboral. Además, se intenta conocer cuál es el horario de trabajo real de cada empleado, si la cotización es la correcta y si el sueldo se amolda a lo acordado en cada contrato.
¿Cuáles son las sanciones previstas en caso de incumplimiento?
La ley no duda a la hora de aclarar que todo lo anterior es obligatorio y que, si no se cumple, la empresa deberá afrontar tres tipos de sanciones:
- Se considerarán faltas leves aquellas relacionadas con la falta de información a los empleados. La sanción puede oscilar entre los 60 y los 625 euros.
- Las graves están relacionadas con las infracciones cometidas en el registro de las horas. Pueden llegar hasta 6250 euros.
- Las faltas muy graves son las referentes a la falta del cumplimiento de la ley y a las irregularidades en el registro horario. El importe máximo de la sanción es de 187 515 euros, una cantidad nada despreciable que puede evitarse tomando las medidas oportunas.
Por lo tanto, la adquisición de los equipos más adecuados para llevar a cabo el registro de la jornada laboral es siempre la mejor medida para controlar los horarios de los empleados y evitar sanciones.
El cumplimiento estricto de la ley permite a cada empresa amoldarse mejor al mercado laboral y respetar los derechos de cada trabajador.