El Gobierno ha decretado la puesta en marcha de un nuevo mecanismo por el que…

…se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Desde IEST, vamos dar algunas claves para que se entienda mejor en que consisten estas medidas y como adaptar el Control Horario para que tu empresa pueda asumir esta situación.

Además, ofrecemos nuestros servicios para ayudar a tu empresa a adaptarse a esta situación.

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¿Qué es el permiso retribuido recuperable?

El Gobierno ha anunciado la medida como respuesta a la paralización de todas las actividades no esenciales desde el 30 de marzo hasta el jueves 9 de abril. Por ello, ha decretado la regulación que afecta a los trabajadores que no puedan acudir a su puesto de trabajo. 

Esto quiere decir que seguirán recibiendo su salario íntegro y posteriormente, una vez finalice el estado de alarma y el confinamiento, deberán recuperar esas horas no trabajadas o no prestadas.

¿A qué trabajadores afecta?

Se consideran los siguientes escenarios en función de que las actividades laborales sean o no consideradas esenciales, según el Real Decreto anunciado.

El Decreto afecta a todos los trabajadores no esenciales. Quedan exentos todos los trabajadores incluidos en ERTE, las personas que puedan desarrollar su actividad con teletrabajo y todas aquellas que se encuentren de baja laboral o de permiso de maternidad o paternidad.

Tampoco se les aplicará a todos aquellos trabajadores considerados esenciales. Es decir, toda la cadena de abastecimiento de bienes de primera necesidad, mantenimiento de transportes públicos y carreteras, fuerzas de seguridad del Estado, Ejército, establecimientos sanitarios, empleadas del hogar, cuidadoras, servicios de telecomunicaciones e información, luz, gas y personal de limpieza de estas empresas.

Según el sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, cada empresa debe estudiar si está en uno de los supuestos y deberá informar al trabajador de que se encuentra en esta situación de permiso retribuido recuperable sin perjuicio de quela empresa pueda optar por otras medidas, como por ejemplo un ERTE.

¿Cómo afecta a tu sistema de Control Horario?

IEST ofrece los servicios necesarios para adaptar el software de Control Horario WinPlus con el objetivo de que si tu empresa está afectada, garantice que los empleados puedan recuperar estas horas.

Cabe destacar que NO son unas vacaciones forzadas, puede considerarse como una Bolsa de Horas que tendrán que recuperarse sin afectar ni los derechos ni las obligaciones de los trabajadores, por lo tanto, esta recuperación de horas NO tiene que afectar a las vacaciones.

La fecha máxima para recuperar estos 8 días laborales es el 31 de diciembre del 2020. Se deberá respetar los límites que establece el Estatuto de los Trabajadores.

Por lo tanto, esta recuperación de las horas no podrá suponer el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario (12 horas entre jornada y jornada) ni semanal (1,5 días) ni la superación de la jornada máxima anual prevista en el convenio colectivo que sea de aplicación.

La forma de hacerlo deberá negociarse entre los trabajadores y las empresas en un plazo máximo de 7 días y el acuerdo que se alcance regulará la recuperación de todas o de parte de las horas de trabajo. Si no hay acuerdo, la empresa notificará la decisión.

CLAVES DEL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE

  • ¿Qué ha anunciado el Gobierno?. Se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

  • ¿Qué es el permiso retribuido recuperable?. Los trabajadores afectados seguirán recibiendo su salario íntegro y posteriormente, una vez finalice el estado de alarma y el confinamiento, deberán recuperar esas horas no trabajadas o no prestadas.

  • ¿A qué trabajadores afecta?. A todos los trabajadores, a excepción de los incluidos en ERTE, las personas que puedan desarrollar su actividad con teletrabajo y todas aquellas que se encuentren de baja laboral o de permiso de maternidad o paternidad.

  • ¿Cómo afecta a tu sistema de Control Horario? Puede considerarse que se trata de una Bolsa de Horas que tendrán que recuperarse sin afectar ni los derechos ni las obligaciones de los trabajadores, por lo tanto, esta recuperación de horas NO tiene que afectar a las vacaciones. Será necesario adaptar el software de Control de Presencia. 

  • ¿Qué plazo hay para recuperar el permiso retribuido? Empresas y trabajadores deberán negociar un sistema para recuperar las horas de estos ocho días laborales antes del 31 de diciembre de 2020.

  • ¿Cómo se negocia la recuperación de horas? Una vez agotado el periodo de confinamiento, la empresa y la representación de los trabajadores dispondrán de siete días para acordar el sistema de recuperación de las horas de trabajo no prestadas con ocasión de la aplicación del permiso.